La Justicia Federal volvió a exigir al Gobierno nacional que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar distintos puntos de la Ley de Financiamiento Universitario. El juez Martín Cormick estableció un nuevo plazo de cinco días para que el Estado acredite el cumplimiento y advirtió que, si no lo hace, podrá disponer astreintes, es decir, multas económicas.
La decisión fue tomada por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 luego de que el Gobierno presentara un pedido de revocatoria contra una intimación anterior. Al resolver el planteo, el magistrado amplió los fundamentos de su resolución y sostuvo que la medida cautelar continúa vigente y firme.
Entre las disposiciones alcanzadas por la cautelar se encuentran la actualización de los salarios de docentes y trabajadores no docentes de las universidades públicas y la recomposición de los programas de becas destinadas a estudiantes.
La medida había quedado firme luego de una resolución de la Corte Suprema de Justicia dictada en junio.
El reclamo por los salarios universitarios
En relación con los salarios, Cormick señaló que el Estado presentó documentación que acredita algunos avances. Entre ellos mencionó las convocatorias a negociaciones paritarias y la efectivización de determinadas órdenes de pago.
Sin embargo, el magistrado consideró que esas medidas no permiten tener por acreditado el cumplimiento total de la cautelar. En particular, sostuvo que no se demostró que los aumentos y las actualizaciones salariales hayan sido calculados conforme a los criterios establecidos por la Ley 27.795.
El Gobierno también había planteado que la medida cautelar ya había sido cumplida. Ese argumento fue rechazado nuevamente por el juez, quien recordó que la cuestión había sido analizada con anterioridad, cuando el juzgado rechazó el pedido para dejar sin efecto la cautelar el 1° de septiembre. Esa resolución posteriormente quedó firme.
En ese contexto, Cormick sostuvo que “no se ha agotado el alcance de la cautelar” y volvió a requerir al Estado que cumpla con las obligaciones establecidas judicialmente.
El reclamo por las becas
La resolución también aborda el cumplimiento de la medida cautelar en relación con los programas de becas estudiantiles.
El artículo 6° de la Ley de Financiamiento Universitario establece que esos programas deben ser recompuestos de acuerdo con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Entre los programas mencionados se encuentran Progresar, Manuel Belgrano y Enfermería, además de otros mecanismos de asistencia para estudiantes.
En su presentación judicial, el Gobierno sostuvo que, según su interpretación de la normativa, las disposiciones de la ley alcanzan únicamente a la Beca Manuel Belgrano. En consecuencia, planteó que los programas Progresar y Enfermería no quedarían comprendidos.
Cormick consideró que ese argumento tampoco permite acreditar el cumplimiento de la cautelar. El juez señaló que el propio Estado reconoció haber abordado la cuestión de las becas únicamente respecto de uno de los programas contemplados.
Por ese motivo, concluyó que las medidas informadas por el Gobierno tampoco permiten considerar cumplida la totalidad de la orden judicial en este punto.
La resolución aclara que lo decidido se limita al alcance de la medida cautelar y no implica una definición sobre la cuestión de fondo.
Con la nueva intimación, el Gobierno cuenta ahora con cinco días para acreditar ante el juzgado el cumplimiento de las disposiciones ordenadas. Si no lo hace dentro de ese plazo, Cormick advirtió que podrá aplicar las astreintes previstas en la resolución.
Fuente: Sin Mordaza.


























